¿Es válido un despido verbal?
El despido debe comunicarse por escrito, con la causal y los hechos (art. 162 del Código del Trabajo). Si te despidieron solo de palabra, la empresa no invocó ninguna causal, y eso permite pedir que se declare injustificado, con un recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio (art. 168).
El riesgo: que después digan que tú te fuiste
Sin carta, la empresa podría sostener que renunciaste o que dejaste de ir a trabajar (inasistencias). Por eso lo más importante es dejar evidencia del despido lo antes posible.
Qué hacer, paso a paso
- Pide por escrito una confirmación: un WhatsApp o correo preguntando “¿me están despidiendo? ¿desde cuándo?”. Las respuestas sirven como prueba.
- Deja constancia en la Inspección del Trabajo el mismo día o al día siguiente, contando qué pasó, quién te despidió y cuándo.
- Guarda pruebas: mensajes, audios, nombres de compañeros que lo presenciaron, si te bloquearon el acceso o te quitaron las herramientas de trabajo.
- No firmes una renuncia ni documentos que no entiendas.
- Cuenta el plazo: tienes 60 días hábiles desde el despido para demandar.
Qué te podría corresponder
Lo mismo que en un despido injustificado: indemnización por años de servicio (si trabajaste al menos un año), aviso previo, el recargo, vacaciones pendientes y días trabajados. Además, si tus cotizaciones no estaban pagadas, revisa la nulidad del despido.