¿Qué derechos protege?
- Tu integridad física y psíquica, tu honra y tu vida privada.
- La inviolabilidad de tus comunicaciones privadas.
- Tu libertad de expresión, de conciencia y de trabajo.
- El derecho a no ser discriminado.
- La garantía de indemnidad: que no te castiguen ni te despidan por reclamar ante la Inspección del Trabajo o por demandar.
Ejemplos frecuentes
- Te despidieron poco después de reclamar en la Inspección del Trabajo.
- Te humillaban o trataban distinto que al resto, sin justificación.
- Revisaron tus mensajes o correos personales.
- Te despidieron inmediatamente después de volver de un período largo de licencia médica.
Qué puedes obtener
Si el despido fue vulneratorio, además de las indemnizaciones del despido con su recargo, el tribunal ordena una indemnización adicional de entre 6 y 11 sueldos (art. 489). Si la vulneración ocurre mientras sigues trabajando, se puede pedir que se detenga la conducta y se repare el daño.
La prueba
No necesitas probarlo todo: basta con aportar indicios suficientes de la vulneración (fechas, mensajes, testigos, la coincidencia entre tu reclamo y el despido). Con eso, es la empresa la que debe justificar sus decisiones (art. 493).
Plazo
60 días hábiles desde el despido o desde que ocurrió la vulneración. Revisa cómo contarlo en la guía de plazo para demandar.